¿Qué derechos tienen las personas que son detenidas en protestas? 5 recomendaciones para proteger sus derechos - alejos toribio abogados

¿Qué derechos tienen las personas que son detenidas en protestas? 5 recomendaciones para proteger sus derechos

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Por: Eduardo Alejos Toribio

🔍 Derechos de las personas detenidas en protestas

1. Derecho a la información (art. 139, inciso 15 de la Constitución)

    • Toda persona detenida debe ser informada “de manera clara y comprensible” sobre los motivos, razones o circunstancias de su detención y; además, sobre los cargos que se le imputan.

2. Derecho a guardar silencio (art. 139, inciso 14 de la Constitución / art.376 del Código Procesal Penal)

    • La persona detenida tiene el derecho a guardar silencio (es un acto voluntario que no está prohibido por ley).
    • No se le puede obligar a incriminarse a sí misma.
    • Su silencio no puede ser interpretado como una aceptación de culpabilidad.

3. Derecho a la comunicación

    • Se debe permitir a la persona detenida comunicarse con un familiar o persona de confianza, así como con un abogado de su elección.
    • No se le puede privar de los medios y tecnológicos básicos para la comunicación.

4. Derecho a la defensa (art. 139, inciso 14 de la Constitución / art. 8, 2.d, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos)

    • Tiene derecho a ser asistida por un defensor público o, en todo caso por un abogado de su libre elección.

5. Trato digno (art. 2, inciso 1 de la Constitución)

    • La detención debe realizarse en condiciones que respeten la dignidad humana.
    • Sin discriminación por género, identidad de género, etnia u orientación sexual.
    • Sin afectación psíquica y física.

6. Atención médica

    • Si la persona detenida presenta heridas o lesiones, debe ser trasladada a un centro médico en el lugar más cercano y propicio.

7. Duración de la detención (art. 264 del Código Procesal Penal)

    • La detención policial durará cuarenta y ocho (48) horas.

✅ Recomendaciones en caso de vulneración de derechos

1. Documentar eventos

    • Es recomendable registrar (fotografías, audios, vídeos, geolocalización, etc.) los eventos y posibles abusos durante las protestas.

2. Informar a familiares

    • Notificar a familiares o personas de confianza, constantemente, sobre la participación en la protesta y posibles riesgos.

3. Conocer derechos básicos

    • Familiarizarse con los derechos y procedimientos legales aplicables en caso de detención.

4. Contactar a la Defensoría del Pueblo

    • En caso de ser víctima de abuso o detención arbitraria, contactar a la Defensoría del Pueblo:
      • Número gratuito 0800-15-170
      • Número de WhatsApp 947 951 412

5. Quejas y denuncias

    • Las personas afectadas pueden presentar quejas ante la Defensoría del Pueblo y también ante la Inspectoría General de la Policía.
    • Estas instituciones están obligadas a recibir y tramitar las quejas por posibles vulneraciones de derechos de los ciudadanos.
    • Se puede presentar denuncia ante la fiscalía penal de turno, cuando existan abusos graves como:
        • Lesiones leves (art. 122 del Código Penal).
        • Lesiones graves (art. 121 del Código Penal).
        • Omisión de socorro y exposición a peligro (art. 126 del Código Penal).
        • Daño simple (art. 205 del Código Penal).
        • Daño agravado (art. 206 del Código Penal).
        • Tortura (art. 321 del Código Penal).
        • Abuso de autoridad (art. 376 del Código Penal).
        • Denegación o deficiente apoyo policial (art. 378 del Código Penal).

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